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El fiscal federal Carlos Rívolo desestimó,
por inexistencia de delito, una denuncia, basada en objeciones
de Greenpeace, contra funcionarios y legisladores que impulsan
la ratificación parlamentaria del tratado de cooperación
nuclear con Australia que avala la construcción del
reactor de investigación que la empresa estatal INVAP
vendió a ese país.
La resolución de 80 páginas del fiscal se encuentra
ahora a estudio del juez federal Jorge Urso quien, según
fuentes judiciales consultadas, en los próximos días
se inclinaría por aceptar la desestimación y
así archivaría esta denuncia penal.
Si Urso archiva la denuncia, la justicia argentina se sumaría
a la de Francia y Australia que ya rechazaron presentaciones
de Greenpeace para intentar frenar la construcción
de este reactor de investigación y producción
de isótopos para uso medicinal de la empresa INVAP
que costará unos 180 millones de dólares.
En las próximas semanas, la Cámara de Diputados
se apresta a votar por la ratificación o rechazo el
acuerdo de cooperación nuclear con fines pacíficos
entre la Argentina y Australia que fue firmado en el 2001.
El tratado bilateral, que ya fue ratificado por el congreso
australiano, constituye un aval político al acuerdo
comercial entre INVAP y la autoridad regulatoria nuclear australiana
(ANSTO).
La denuncia la habían abierto de oficio, a fines del
2001, los fiscales Eduardo Freiler y Federico Delgado en base
a declaraciones del coordinador de la Campaña de Energía
de Greenpeace, Carlos Villalonga, según la cual por
el contrato entre INVAP y ANSTO, la Argentina se convertiría
en "un basurero nuclear" australiano y se estaría
violando la Constitución.
Luego, la denuncia fue sorteada por la Cámara Federal
y recayó en el juez Urso y el fiscal Rívolo
quien analizó profundamente si se cometió o
se va a cometer un delito con el contrato comercial en el
cual INVAP se compromete a negociar, dentro de 15 años,
un futuro acuerdo para procesar en la Argentina, Francia o
un tercer país los futuros elementos combustibles gastados
del reactor para su depósito final en Australia. Este
país no tiene tecnología para hacerlo por sí
mismo.
Actualmente, Australia tiene un acuerdo con la empresa COGEMA
de Francia para tratar los elementos del reactor británico
que sacará próximamente de servicio y ya firmó
un acuerdo para la primera etapa a partir del 2017
de elementos combustibles gastados el futuro reactor argentino
que se instalará en Lucas Heights, cerca de Sidney.
En su resolución, el fiscal Rívolo llamó
a "no caer en una actitud populista como sería
la de utilizar la Justicia para defender las opciones eminentemente
políticas con mayor crédito mediático"
y fijó su posición en materia de derecho penal
con estos argumentos:
Confidencialidad del contrato comercial entre INVAP
y ANSTO: se opone a secuestrarlo, como pedían los denunciantes,
porque no hay elementos de juicio como "para considerar
que estamos en presencia de un delito". Y ese "ámbito
de privacidad" sobre desarrollos tecnológicos
que constituyen secretos comerciales "se encuentra protegido
por la Constitución".
Hipotético ingreso de elementos combustibles
gastados dentro de 15 años: como se investiga una posibilidad,
"probar hechos futuros es cosa de prestidigitadores más
que de juristas y querer actuar conforme aquello que suponemos
habrá de suceder dentro de más de diez años
parece una tarea más de la política que del
derecho penal".
Inexistencia de un tipo penal aplicable al caso: La
actitud nuclear "está reglada por la ley 24.804
(ley nacional de la actividad nuclear) y el problema de los
residuos derivados de la actividad nuclear por la ley 25.018
(Régimen de gestión de residuos radioactivos).
Ninguna de estas leyes contiene tipos penales".
Hipótesis de incumplimiento de los deberes
de funcionario público: el gerente general de INVAP,
Héctor Otheguy, no puede ser investigado por ese delito
porque no es un funcionario público. Y tampoco puede
ser imputado el ex Procurador General del Tesoro Enrique Marcer
que sostuvo que el contrato no viola la Constitución,
basándose en escritos de los constitucionalistas Félix
Loñ, Jorge Vanossi y Mariano Cavagna Martínez,
porque dio "una opinión y no una orden".
Hipótesis de incumplimiento de los deberes
por parte de los senadores que ya ratificaron el tratado:
"Es una opción esencialmente política y
existe reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema que nos
señala que estas opciones no son judiciables".
Y que hayan "aprobado este convenio internacional sobre
tablas no contraría ninguna ley", finalizó
el fiscal Rívolo
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