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Un lugar para 650 toneladas de basura

A partir del 15 de mayo, la Municipalidad deberá buscar un nuevo sitio para depositar la basura de Rosario. La justicia rechazó una apelación y los vecinos del Camino Viejo a Soldini cantaron victoria en su lucha contra la contaminación ambiental y los olores que genera el depósito.

La Municipalidad no podrá seguir utilizando más allá del 15 de mayo próximo el relleno sanitario Gallego III para depositar las 650 toneladas diarias de residuos que producen los rosarinos. Así lo resolvió ayer la Justicia provincial al rechazar una apelación planteada por el municipio en la que solicitaba prorrogar nuevamente la vida útil del basural ubicado en el Camino Viejo a Soldini. La decisión de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, obliga al Departamento Ejecutivo a buscar un lugar alternativo para depositar los residuos hasta cerca de fin de año cuando estén dadas las condiciones para habilitar el basural en la comuna de Alvear. "Si la Municipalidad no cumple con este fallo habrá que desalojarla de Puente Gallego con la fuerza pública", razonó Jorge López Mirossevich, abogado patrocinante de los vecinos del barrio, para quien "el tema judicialmente está cerrado, no hay instancia superior a la que se pueda recurrir".

Los vecinos de Ovidio Lagos al 8000 se opusieron desde el vamos al emplazamiento del basural en su barrio. Cuando la Municipalidad comenzó a utilizar el relleno sanitario en esta zona, los lugareños solicitaron su inmediato traslado por la contaminación ambiental y los olores nauseabundos que este generaba lo que además -aseguran- devaluó el precio de sus propiedades. Tiempo después el municipio y los vecinos de Camino Viejo a Soldini acordaron que el 15 de enero del 2003 iba a dejar de utilizarse el relleno sanitario conocido como Puente Gallego.

A fines del año pasado la Municipalidad acudió a la Justicia para solicitar una prórroga de al menos 120 días aduciendo razones técnicas y burocráticas que impedían realizar el traslado de los residuos a otro basural. El secretario de Servicios Públicos, Miguel Lifschitz propuso en esa oportunidad un plan de abandono progresivo de Puente Gallego, hasta tanto la provincia, a través de la Secretaría de Medio Ambiente, habilitara las 72 hectáreas en la comuna de Alvear para que sean depositados allí los residuos producidos en Rosario.

El juez Eduardo Oroño accedió al pedido del municipio y en una resolución acordada con los vecinos fijó como plazo definitivo para que la Municipalidad abandonara Puente Gallego el próximo 15 de mayo. Semanas atrás el Departamento Ejecutivo acudió nuevamente a los Tribunales provinciales, esta vez para apelar la decisión del magistrado, oportunidad en la que volvió a reclamar más tiempo para así seguir depositando los residuos en el relleno sanitario Gallego III.

Ayer los jueces integrantes de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial resolvieron rechazar el planteo del municipo, con lo cual ratificaron al 15 de mayo como último día para que la comuna deposite los residuos en Puente Gallego. Los camaristas no hicieron lugar a la apelación porque entendieron que un fallo basado en la ley 10.000 de intereses difusos -norma en la cual se apoyaron los vecinos al exigir el traslado- sólo puede ser apelada si hay sentencia definitiva o una medida cautelar y no un acuerdo homologado judicialmente.

"La resolución de la Cámara deja en claro que desde el 15 de mayo la Municipalidad no va a poder seguir utilizando el Gallego III", dijo Jorge López Mirossevich quien luego aclaró: "Por la naturaleza procesal (del expediente) no se puede recurrir a instancias judiciales superiores como la Corte Suprema de Justicia provincial o nacional. Para nosotros el caso está cerrado".

El letrado aseguró que "a esta altura los vecinos no están dispuestos a aceptar bajo ningún punto de vista nuevas postergaciones", razón por la cual vaticinó que "si la Municipalidad no cumple con este fallo va a ser expulsada de Puente Gallego mediante sentencia ejecutaria", es decir con el uso de la fuerza pública.

Por su parte el secretario de Servicios Públicos Miguel Lifchitz explicó que "lo que dijo la Cámara es que el plazo concedido no es motivo de de apelación porque no es una sentencia. Es decir que se debe dirimir es la instancia inferior".

En este sentido agregó que "el plazo establecido por el juez es de 120 días que vence en distintas fechas según las interpretaciones respecto como deben contarse. Es decir si son días hábiles o corridos, pero este es una tema de abogados. Lo que hoy nos preocupa y en lo que estamos trabajando desde esta secretaría y que tratar de solucionar el problama de la mejor manera posible", concluyo el funcionario.

Cabe recordar el 12 de diciembre pasado el municipio había obtenido del Concejo el aval para adquirir el predio en Alvear para depositar allí las 650 toneladas diarias de residuos que producen los rosarinos. Aún falta que la Secretaría de Medio Ambiente provincial se expida sobre la viabilidad del proyecto, lo que terminaría de destrabar el acuerdo. En Servicios Públicos, antes del pronunciamiento de la Cámara, estimaban que el traslado iba a demorar cuanto menos 10 meses más.

9 de abril de 2003

Fuente: Rosario/12

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