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Los temas ambientales merecieron siempre la atención
preferente de esta columna editorial en función del convencimiento
de su decisiva importancia para el diseño de las políticas
nacionales e internacionales. Pero sucede que las numerosas normas
que reflejan preocupación al respecto suelen hallar renuencias
en cuanto a su aplicación. Muchas veces existen disposiciones
correctas, pero no se cumplen, generalmente por escaso respaldo
social y falta de voluntad política. En medio de ese clima
poco auspicioso desarrolla su acción la Red Internacional
para la Aplicación y el Cumplimiento de la Normativa Ambiental,
que desde 1989 trabaja en la organización de encuentros y
en el trazado de programas de apoyo de alcance regional.
En igual sentido, tuvo singular relevancia la reciente
realización de la primera Conferencia Internacional sobre
Aplicación y Cumplimiento de la Normativa Ambiental en América
Latina, resultado de un esfuerzo novedoso impulsado desde la sociedad
civil. Celebrada por iniciativa conjunta de la Fundación
Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y del Instituto del Banco Mundial,
con la colaboración del gobierno holandés, sus deliberaciones
constituyeron un significativo hito en el camino hacia la construcción
de sistemas adecuados para aplicar la legislación ambiental
en América latina, objetivo que ojalá encuentre eco
en las decisiones de las autoridades y en el consenso social.
Se habló allí de conformar un ámbito
de análisis, discusión e intercambio de experiencias.
Participaron especialistas, funcionarios, legisladores, jueces,
fiscales, estudiosos y representantes del sector privado y de organizaciones
no gubernamentales de la Argentina, Brasil, Chile, Uruguay, Bolivia,
Paraguay, Perú, Colombia, México y la República
Dominicana.
Se analizaron, en especial, los aspectos institucionales
y el modo en que los diversos niveles de gobierno deben ejercer
el poder de policía ambiental. Se pidieron disposiciones
cumplibles, con una elaboración técnicamente sólida
y acompañadas en su formulación por la sociedad en
su conjunto. Este aspecto se indicó como crucial para instaurar
definitivamente el derecho ambiental y hacerlo parte de las decisiones
comunitarias. Hubo un profundo intercambio de opiniones acerca de
cómo los poderes ejecutivo y judicial pueden fortalecer sus
mecanismos de control y seguimiento, y también se encararon
pormenorizadamente los incentivos económicos y la complementación
regional para una mejor aplicación de la normativa vigente.
Esfuerzos de este tipo contribuirán, sin
lugar a dudas, a promover un cambio de los patrones culturales que,
en el caso de la Argentina, traban ostensiblemente el afianzamiento
público de las inquietudes ambientalistas, lo que se ve agravado
por la extendida carencia de respeto al principio de legalidad.
Es de desear que esa contribución hecha desde la sociedad
civil tenga la merecida repercusión e influya en el logro
del desarrollo sustentable que permita hermanar los criterios de
preservación ambiental con los imperiosos requerimientos
sociales y económicos que plantea para sí y para el
futuro la presente generación.
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